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Abelardo de la Espriella will be able to walk among corpses: judge rejected the injunction that restricted him from publishing images of military operations

World 1 source 1 country 🔦 Under-reported 35m ago

A través de sus redes , el expresidente Gustavo Petro se refirió el miércoles 23 de septiembre a las virales imágenes en las que se le vio al hoy mandatario, Abelardo de la Espriella, durante un recorrido por Santa Marta (Magdalena), en respuesta a los violentos hechos de orden público que tendrían como protagonistas a miembros de las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada (Acsn).Petro, que no dudó en pronunciarse frente a la situación que se registra en la Bahía de América, apuntó hacia su sucesor, que según él no ha tenido la misma voluntad de llevar progreso a la ciudad y volvió a poner en discusión la política de seguridad desarrollada por el Ejecutivo. Con ello, encendió la controversia por la comparación que dejó abierta, insinuando una conducta irregular. “Abelardo con pistola al cinto como en épocas pasadas, va a Santa Marta y no muestra que busca recortar el 40% de los subsidios para los pobres.

En mi gobierno lo que llevamos fue mucho turismo que redujo la pobreza como ninguna capital de Colombia logró”, afirmó el exjefe de Estado en su publicación, con la que se sumó a la creciente controversia por la aparición del primer mandatario.ONG Temblores también reaccionó a la polémica Por su parte, la ONG Temblores, con un breve hilo en su perfil de X, exigió una serie de aclaraciones sobre el arma de fuego que portó el presidente De la Espriella durante un patrullaje en Santa Marta. Y en su pronunciamiento cuestionó la legalidad del porte y la necesidad de que el mandatario la llevara pese a contar con uno de los mayores esquemas de protección estatal.La organización no gubernamental, que se originó en 2016 y que defiende los derechos humanos de los líderes sociales, expresó sus reparos a la actitud del jefe de Estado; que además del walkie-talkie que se le vio en apariciones anteriores sumó a su atuendo esta pistola, lo que dio pie a una serie de críticas en las plataformas digitales, con lo que el acto no pasó desapercibido.“¿Qué arma porta?, ¿está registrada?, ¿a nombre de quién?, ¿cuenta con permiso de porte vigente y las autorizaciones exigibles?”, fueron algunos de los interrogantes que abrió Temblores frente a este episodio y con los que se sumó a la polémica por las imágenes en las que se leve con el arma al cinto, acompañado de las autoridades políticas, policiales y militares del Magdalena. El cuestionamiento de la ONG se da en medio…

El presidente Abelardo de la Espriella podrá continuar publicando imágenes de cadáveres tras operaciones militares, luego de que un juez negara una tutela que buscaba impedir esa difusión y dejara sin efecto una medida provisional que ordenaba retirarlas de las cuentas oficiales de la Presidencia.La decisión fue emitida por el Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá en respuesta a la acción popular interpuesta por el representante a la Cámara Santiago Osorio Marín, de Alianza Verde, y el ciudadano Javier Ricardo Cabrera Cruz.La suspensión fue dada por el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá, quien había ordenado al jefe de Estado abstenerse de divulgar fotografías de cuerpos envueltos en bolsas mientras se resolvía el caso. Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá acumuló esa demanda con otra acción similar presentada por un ciudadano y ordenó el trasladó del expediente.El fallo revelado el miércoles 23 de septiembre de 2026 por el programa Reporte Coronell de Caracol Radio detalla que la demanda había perdido objeto porque las fotografías ya no estaban en las cuentas oficiales de Instagram, aunque permanecieron publicadas en los perfiles personales de De la Espriella.El juez concluyó que los demandantes no tenían legitimidad para actuar en nombre de todos los niños de Colombia. Por esa razón, negó el amparo solicitado.“No se aportaron elementos suficientes para concluir que las publicaciones hubieran perseguido una finalidad degradante, humillante o de exaltación de la violencia, aunque la exhibición de los cuerpos no era indispensable para informar los resultados operacionales, esa circunstancia, considerada aisladamente, no demuestra la afectación de los derechos fundamentales de personas determinadas”, se lee en el documento citado por el medio de comunicación.La decisión también señaló que no se acreditó una falta de respeto de las autoridades hacia los cadáveres exhibidos.

El juzgado consideró relevante que ningún familiar de las personas fallecidas hubiera presentado una protesta por la difusión de las imágenes.Aunque desestimó la tutela, el juez indicó que los resultados de la operación militar podían comunicarse “mediante recursos menos invasivos de la dignidad, memoria e imagen de quienes fallecieron y de la intimidad de sus familias”. Aclaró que esa exhortación no constituía un amparo constitucional, una censura ni una restricción pa…

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Read the full story at the source Infobae (Buenos Aires, Argentina) · AR
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