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Carlos Caicedo, excandidato presidencial, fue condenado por corrupción en el sector salud como alcalde de Santa Marta

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El desenlace judicial contra Carlos Caicedo, exalcalde de Santa Marta, excandidato presidencial y antiguo gobernador del Magdalena, marca un punto de inflexión en la política regional. En horas de la mañana del 29 de julio de 2026, la Juez Novena Penal del Circuito de Bogotá halló culpable al exmandatario por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación y deberá pagar 117 meses de prisión, es decir, nueve años de cárcel, además, de una multa superior a los $4.400 millones.Después de un proceso que se prolongó durante doce años, la condena representa el cierre de una de las investigaciones más extensas en torno a un dirigente local. El monto exacto de la pena aún no ha sido revelado, pues la jueza definirá la sanción en una audiencia aparte.La diligencia judicial sobre el contrato PS04 de 2014 expuso una acusación puntual contra Carlos Eduardo Caicedo Omar por una decisión adoptada cuando era alcalde de Santa Marta y presidente de la junta directiva de la ESE Alejandro Próspero Reverend: haber autorizado la intervención de cuatro centros de salud sin que existieran los estudios previos exigidos por el manual de contratación, una omisión que, según el fragmento leído, derivó en demoliciones, interrupción de la atención médica y un detrimento patrimonial de $5.040.692.100.El pasaje precisó que el contrato fue suscrito el 20 de agosto de 2014 entre la empresa social del Estado Alejandro Próspero Reverend y la sociedad Me-MediRedes SAS para el mantenimiento y la adecuación de los centros de salud Bastidas, La Candelaria, Mamatoco y La Paz.

El valor fijado fue de $6.532.759.830 y el plazo de ejecución, de 10 meses.La lectura de la diligencia ubicó el origen de la irregularidad en una sesión de junta directiva del 5 de junio de 2014. Allí, de acuerdo con el texto, Caicedo expidió el acuerdo 00004, con el que autorizó al gerente de la ESE a adelantar los negocios jurídicos para intervenir esa infraestructura.La acusación no se centró en una diferencia de criterio administrativo, sino en una falla de legalidad en la etapa previa al contrato. El fragmento sostuvo que la autorización se expidió “sin haber mediado los estudios previos exigidos por el manual de contratación de la entidad”.La diligencia ubicó la presunta irregularidad en la fase precontractualEl señalamiento leyó de forma expresa que hubo “irregularidades pres…

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Read the full story at the source Infobae (Buenos Aires, Argentina) · AR
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