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Casos donde la prisión preventiva es justificada

World 1 source 1 country 🔦 Under-reported 31m ago

La Constitución de la República establece en el artículo 40, numeral 9, que las medidas de coerción restrictivas de la libertad personal, tienen carácter Excepcional, y se debe aplicar si el inculpado no tiene arraigo y si existen pruebas suficientes para inculpar el prevenido. Con el nuevo Código Penal que creó cientos de delitos y crímenes, seguro que aumentará la privación de libertad preventiva.El actual sistema carcelario dominicano cuenta con 42 centros de privación de libertad, donde mantiene un promedio de 19,800 ciudadanos encarcelados, donde el 65 por ciento de los presos son preventivos, convirtiendo la coerción preventiva en la norma, violando el Ministerio Público el debido proceso y la Constitución de la República.Solo 9,800 privados de libertad son por decisiones definitivas e irrevocables de los tribunales ordinarios, lo que constituye un 35 por ciento de casos fallados. La cárcel es sinónimo de condena, por lo que el Ministerio Público debe disminuir la aplicación de la pena privativa de libertad por coerción.

La cual debe aplicarse para los casos en donde la pena no se puede sustituir por la reparación del daño causado, es el caso de los violadores de menores y de género, donde es muy difícil obtener la reparación para los padres y ciudadanos, En el caso de la corrupción administrativa que tiene 20 años para su prescripción, la privación de libertad por supuesta prevaricación y el cohecho, es un abuso imponer privación de libertad porque la fianza económica y la extinción de dominio de los bienes robados, es lo correcto.La Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría General de la República tienen mucho que explicarles al ciudadano dominicano, no deben ser tan indiferentes a la corrupción que impera en el sistema de justicia, al no mantener controles a través de normas y reglamentos en el manejo de los casos judiciales, penales y civiles, de los cuales se encuentran apoderados jueces y el Ministerio Público. El Consejo del Poder Judicialdebe mantener un récord del desempeño de los jueces.La privación de libertad por coerción preventiva, debe ser la excepción, no lo general, en razón de que lo excepcional se aparta de lo ordinario y ocurre rara vez, salvo cuando el ministerio público, en los casos de violaciones, violencia de género los implicados no pueden resarcir económicamente.En la actualidad, el Ministerio Público es rápido y ligero en…

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Read the full story at the source Diario Libre (Santo Domingo, Dominican Republic) · DO
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