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Corte ratifica extinción de la acción penal del caso Los Tres Brazos

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La Segunda Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional ratificó este jueves la sentencia de un tribunal de primer grado que declaró la extinción de la acción penal contra exfuncionarios y empresarios acusados de la venta irregular de cuatro millones de metros cuadrados de terrenos del sector de Los Tres Brazos, en Santo Domingo Este.Los jueces confirmaron la sentencia emitida en abril del 2024 “en todos sus aspectos” por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, al considerar que no se verificaron “vicios argüidos por los recurrentes”, que fueron el Ministerio Público y la Comisión de Derechos Humanos. Entre los cúmulos de fallos de diferentes tribunales sobre esta causa se incluye uno de otra sala de la misma corte de apelación, de noviembre del 2024, que anuló la sentencia que le ponía fin al expediente.Los beneficiados con las sentencias de extinción de la acción penal son el exdirector de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde), Leoncio Almánzar Objío, el exgerente inmobiliario de Corde, Manuel Joaquín Aybar Ferrando; el exconsultor jurídico , Irvin José Cruz Crespo, y la representante de la sociedad Proyecciones Gowi S.R.L, Juana Ynés Gómez Williams.También son imputados y favorecidos con la decisión de la Corte Domingo Gerardo Legrón de los Santos, presidente de Inversiones Fernández Parache y Asociados (Infepa); Carlos Aris Gómez Williams y Julio César Gómez Williams, empleados de esa empresa, y Lisetel González Sánchez.Asimismo, se declaró nula la acción penal para la razón social Proyecciones Inmobiliarias Gow, Inversiones Fernández Parache y Asociados (Infepa), Soluciones Eléctricas Sidenet, Teknowlogic Dominicana.Los jueces de la Segunda Sala de la Cámara Penal, Magistrados Ysis B. Muñiz Almonte, quien la preside, Teófilo Andújar Sánchez y Milagros Mercedes Ramírez Cabrera, argumentaron que, como se decidió en la sentencia apelada, los acusados no habían contribuido a dilatar el proceso penal, por lo que el tiempo de ocho años conociéndose en los tribunales no fue responsabilidad de ellos.Dictámenes contradictorios de la misma corte En noviembre de 2024, la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anuló la resolución del Cuarto Tribunal Colegiado que había puesto fin a la persecución penal.

Sin embargo, los acusados recurrieron esta decisión en casación alegando que dicha sala cono…

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Read the full story at the source Diario Libre (Santo Domingo, Dominican Republic) · DO
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