Por ley, toda persona que presencie o tenga conocimiento de un delito o crimen está obligada a comparecer ante los tribunales cuando es convocada a ofrecer su testimonio. Sin embargo, hechos recientes evidencian el grave peligro al que se exponen los testigos antes y después de declarar.El pasado año, dos testigos fueron asesinados y un tercero resultó gravemente herido. A este panorama se suma un hecho ocurrido hace menos de un mes, cuando un cuarto testigo fue arrebatado a agentes de la Dirección Central de Investigación (Dicrim) en pleno Palacio de Justicia del Distrito Nacional por familiares de los imputados contra quienes había declarado.
El hombre fue zarandeado por todo el edificio.Aunque entre las principales funciones que la Constitución asigna al Ministerio Público está la protección de víctimas y testigos, la procuradora general, Yeni Berenice Reynoso, ha advertido sobre la necesidad urgente de aprobar un proyecto de ley que garantice esa protección."No es un lujo, es una necesidad urgente. Ni siquiera es una actualización, porque nunca hemos tenido una ley de protección de víctimas y testigos", dijo Reynoso en septiembre del año pasado, cuando esperaba que la iniciativa fuera aprobada.La Ley Orgánica del Ministerio Público 133-11 y el Código Procesal Penal delegan también salvaguardar la integridad de los testigos al órgano persecutor. RELACIONADAS Justicia El testigo que se negó a disparar: la pieza que sostuvo una condena por atentado en Capotillo La obligación de testificarLa Ley 97-25, del Código Procesal Penal, establece en su artículo 198 que toda persona tiene la obligación de testificar, "comparecer a la citación y declarar la verdad de cuanto conozca y le sea preguntado".Los artículos 203 y 334 de esa misma normativa disponen que si el testigo no asiste al llamado, puede ser llevado al tribunal mediante el uso de la fuerza pública.No obstante, ordena que "la conducencia no puede prolongarse más allá del agotamiento de la diligencia o actuación que la motiva".El artículo 207 contempla una multa de hasta "treinta días de salario base de un juez de primera instancia", que supera los 200,000 pesos, para los "testigos reticentes" que se nieguen a comparecer.La sanción es aplicada por el juez a solicitud del Ministerio Público.Si el testigo miente, las consecuencias pueden ser mayores.
El perjurio, contemplado en el nuevo Código Penal, se de…
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