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Gobierno panameño reglamentó la ley de pasantías remuneradas con $450 mensuales para jóvenes

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Dentro del espectro del derecho penal de la empresa, se ha vuelto cada vez más evidente que la discusión ya no puede diluirse en la cuestión sobre quién cometió materialmente un hecho delictivo. Aunque esa pregunta sigue siendo esencial, no basta con limitarse a ella, ya que cuando el ordenamiento atribuye responsabilidad a la persona jurídica por fallas de dirección, control o supervisión, lo que entra en juego es algo más profundo que el resultado lesivo inmediato. En ese nivel, el bien jurídicamente protegido real es la cultura del derecho dentro de la organización, como se establece indudablemente en el párrafo IV del nuevo Código Penal con sus modificaciones.Con la finalidad de no causar dudas que desvirtúen la idea, tal afirmación exige una precisión orientadora, y es que no significa que desaparezcan los bienes jurídicos clásicos de cada delito.

La corrupción sigue lesionando la rectitud de la función pública, el fraude afecta el patrimonio, los delitos sobre datos personales comprometen la intimidad, los ilícitos vinculados a productos, medicamentos o alimentos alcanzan la salud pública; pero cuando el legislador examina si la empresa cumplió o no con sus deberes de organización, la protección penal se desplaza hacia una dimensión institucional. Lo que se tutela es que la empresa opere con una epidermis protectora frente a la ilegalidad, con un sistema nervioso codificado para hacer cumplir los estándares del Derecho, un sistema inmunológico que detecte y neutralice a tiempo los virus y bacterias de la desviación normativa y un cuerpo óseo que proporcione estabilidad en su funcionamiento interno. Lo afirmado se manifiesta con bastante claridad en el nuevo Código Penal dominicano, de modo que en su artículo 8 establece que “las personas jurídicas serán penalmente responsables de las infracciones cometidas por los actos u omisiones punibles de sus órganos, representantes o subordinados que hayan sido ocasionados en su representación, siempre que estos actos u omisiones sean al mismo tiempo consecuencia del incumplimiento por parte de la persona jurídica de sus deberes de dirección, control o supervisión (…)”.

Como puede observarse, lo que se sanciona es el defecto de organización que permitió el hecho o que no fue capaz de impedirlo, por lo que la empresa no responde solo porque alguien actuó mal dentro de ella, responde porque, en términos jurídicame… Panamá reglamentó el Programa de Pasantía creado para facilitar la entrada de jóvenes al mercado laboral privado, mediante el Decreto Ejecutivo 1 del 31 de agosto de 2026. La iniciativa busca que los participantes adquieran experiencia práctica, desarrollen capacidades profesionales y mejoren sus posibilidades de conseguir empleo formal.El programa fue establecido por la Ley 513 del 20 de marzo de 2026 y está dirigido a personas de entre 18 y 25 años provenientes de la educación media, técnica, vocacional o universitaria.

También podrán participar menores de edad que hayan terminado sus estudios secundarios y cuenten con autorización de sus representantes.Las empresas, industrias, comercios y organizaciones sin fines de lucro podrán incorporarse voluntariamente. Cada participante recibirá una retribución mensual de $450 pagada por la entidad receptora, durante un periodo máximo de un año. Ese monto no será considerado salario ni producirá prestaciones laborales, deducciones fiscales o cuotas de seguridad social.La pasantía podrá extenderse hasta 40 horas por semana en jornadas diurnas o mixtas, de lunes a viernes, y los sábados únicamente durante el día.

No se permitirán horas extraordinarias ni actividades en feriados o días de duelo nacional, mientras el acuerdo deberá precisar funciones, horario, duración, supervisión y modalidad de pago.Antes del inicio, la empresa tendrá que contratar una póliza privada de riesgos profesionales o accidentes personales, debido a que el participante no estará cubierto por el régimen correspondiente de la Caja de Seguro Social. La cobertura deberá identificar los riesgos incluidos, las exclusiones y los límites asegurados para las actividades asignadas.La reglamentación dispone que cada pasante tendrá un tutor o mentor responsable de acompañar su formación, supervisar sus tareas, ofrecer retroalimentación y reportar incidentes. Las funciones asignadas deberán relacionarse con el aprendizaje previsto y no podrán responder a necesidades permanentes ni reemplazar plazas regulares de la organización.La cantidad permitida dependerá del tamaño de la planilla.

Las empresas con hasta 50 trabajadores podrán incorporar dos pasantes; aquellas con 51 a 100, cuatro; y las que tengan entre 101 y 200, seis. Las organizaciones con más de 200 empleados podrán admitir hasta el 3% de su fuerza laboral.Una empresa podrá pedir autorización pa…

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Read the full story at the source Diario Libre (Santo Domingo, Dominican Republic) · DO
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