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The Government warns the Supreme Court that it cannot review the cases of the 'grandchildren law' in time before the elections

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El Gobierno considera "materialmente imposible" que antes de las elecciones generales adelantadas para el próximo 29 de noviembre se pueda diferenciar entre las personas nacionalizadas por la 'ley de nietos' y quienes lo fueron por otros motivos, después de que el Tribunal Supremo paralizara de forma cautelar el voto y las nuevas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) salvo exilio acreditado.Así ha respondido el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, al plazo de alegaciones abierto por el alto tribunal después del adelanto electoral y antes de resolver sobre el fondo del asunto, según un escrito al que ha tenido acceso Europa Press."O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA --pues los datos que en él se tienen son, globalmente, los de los españoles sin distinción alguna-- o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone", considera.Y añade que "ya que no es posible discernir en el CERA" en los "breves plazos" que configura la ley electoral entre los inscritos que adquirieron la nacionalidad por la 'ley de nietos' y "aquellos que son españoles por otros motivos".Además, los servicios jurídicos del Estado acusan a Vox de que el "verdadero propósito" es que "se elimine el derecho de voto de los españoles que proceden del exilio exterior en contra de la constante voluntad del legislador desde 2007".Fue el pasado septiembre cuando el Supremo frenó de manera cautelar la 'ley de nietos' mientras analizaba el fondo de la cuestión argumentando que lo hacía por la "transparencia" de las elecciones debido al aumento del censo y porque los intereses generales del Estado priman sobre el derecho al voto de las personas que hayan adquirido la nacionalidad.Ante esa decisión, el Ejecutivo presentó recurso al considerar que "no existe ningún riesgo derivado del crecimiento del CERA" y que no puede alterar el resultado electoral "por pura matemática".La Abogacía del Estado pidió a la Sala de lo Contencioso-Administrativo que deje sin efecto la suspensión y dé marcha atrás con las medidas adoptadas, advirtiendo también de que hay consulados con dificultades para poder analizar todos los expedientes en plazo. La Abogacía del Estado ha advertido al Tribunal Supremo de que el adelanto de las elecciones generales al 29 de noviembre agrava la imposibilidad de revisar cerca de 170.000 expedientes vinculados al CERA y a la llamada ley de nietos, porque el censo electoral debe quedar disponible para consulta antes de los comicios.Los escritos a los que han accedido EFE y Europa Press sostienen que la medida cautelar puede acabar privando del sufragio a los afectados. El Gobierno sostiene que no puede separar antes de los comicios del 29 de noviembre a quienes obtuvieron la nacionalidad por la Ley 20/2022 de los demás inscritos en el CERA: el censo cerrado el 1 de agosto de 2026 deberá estar disponible el 12 de octubre para consultas y reclamaciones.El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el pasado septiembre el voto y las nuevas inscripciones en el Censo Electoral de Españoles Residentes Ausentes, salvo en los casos de exilio acreditado.

El alto tribunal justificó esa decisión en la transparencia electoral, el aumento del censo y la prevalencia de los intereses generales del Estado sobre el derecho de voto de los nuevos nacionalizados.El Ejecutivo ha recurrido aquella resolución porque considera que el crecimiento del CERA no entraña un riesgo capaz de alterar el resultado de las elecciones. La Abogacía añade que los consulados afrontan dificultades para revisar todos los expedientes dentro de los plazos electorales.Un plazo imposible de cumplirLa Abogacía del Estado subraya en sus alegaciones que la revisión ya resultaba inviable cuando se contemplaba el 1 de enero de 2027 como horizonte para certificar los expedientes. La obligación de disponer del censo el 12 de octubre ha acortado ese margen hasta un plazo que los servicios jurídicos califican de materialmente imposible de cumplir.El artículo 39.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que el proceso debe regirse por el censo cerrado el 1 de agosto de 2026.

Para la Abogacía, se trata de una disposición de obligado cumplimiento que ningún operador jurídico puede ignorar, y exige que el registro esté listo para que los electores puedan examinarlo y presentar reclamaciones.La ejecución del auto del Supremo requiere además una adaptación informática que se encuentra en desarrollo. El Registro de Matrícula Consular no permite identificar qué inscritos en el CERA han adquirido la nacionalidad por …

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