El mercado de distribución de combustibles en el departamento de Nariño afronta un proceso de relevo corporativo en su cadena de abastecimiento mayorista, centrado en la Planta de Abastecimiento ubicada en Tumaco. La compañía Petróleos y Derivados de Colombia S.A. en reestructuración (Petrodecol) llevó a cabo la cesión de la posición contractual del suministro de combustibles a la Comercializadora Internacional Kamca Energy S.A.S.
Ambas entidades anunciaron que la transición se ejecuta de forma conjunta y coordinada, con el propósito de asegurar que la operatividad de las estaciones de servicio y la atención a los consumidores finales se mantengan sin alteraciones.De acuerdo con la información oficial emitida por las partes, este proceso corresponde a un relevo de operador mayorista y no a una suspensión de actividades. El combustible continúa despachándose desde las instalaciones de la planta en Tumaco bajo los mismos parámetros comerciales establecidos en los contratos vigentes.En el plano regulatorio, Kamca Energy opera como distribuidor mayorista autorizado mediante la Resolución 00490 del 25 de abril de 2026, emitida por el Ministerio de Minas y Energía, normativa que respalda la ejecución de la cesión de contratos. Por su parte, la continuidad operativa inmediata está estructurada de manera que, mientras la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio habilita formalmente el cambio en cada estación a través del Sistema de Información de Combustibles (SICOM), Petrodecol mantiene a su cargo las labores de despacho, facturación y recaudo.
Este mecanismo transitorio busca evitar vacíos operativos entre el aviso de la cesión y la actualización en la plataforma digital.Los términos de la transición establecen condiciones específicas respecto a la operación y las obligaciones previas. El punto de despacho permanece en la infraestructura de Tumaco y se respetan íntegramente las condiciones de los contratos cedidos, incluyendo plazos, volúmenes pactados y especificaciones de calidad del producto. Asimismo, las autoridades y las compañías aclararon que la cartera facturada por Petrodecol con anterioridad a la fecha del cambio continúa bajo su titularidad, por lo que el relevo de mayorista no traslada deudas previas hacia el nuevo operador.El fundamento jurídico de la operación se ampara en las disposiciones del Código de Comercio de Colombia.
El Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó este 5 de octubre el Acuerdo Gubernativo 164-2026, que reglamenta la exención temporal del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo para gasolina superior, regular, diésel y gas oil en Guatemala. La norma entró en vigor el mismo día y establece controles para que el beneficio tributario llegue al precio final que pagan los consumidores.El reglamento desarrolla el Decreto 22-2026 del Congreso, sancionado por el presidente Bernardo Arévalo el 30 de septiembre. La disposición fue publicada en el Diario de Centro América y define las obligaciones de estaciones de servicio, operadores de tarjetas, entidades tributarias y organismos de protección al consumidor.Las operadoras de tarjetas de crédito y débito deberán coordinar con los comercios afiliados los mecanismos para identificar las compras de combustibles exentos y evitar la retención correspondiente.
Esa exclusión no alcanzará a los contribuyentes inscritos en el Régimen de Pequeño Contribuyente, para quienes la retención continuará conforme a la ley.Reportes diarios de precios y controles en las facturasLas estaciones de servicio deberán enviar cada día un reporte de sus precios de venta al consumidor final mediante el Sistema Estadístico de Comercialización de Hidrocarburos. La plataforma permitirá cargar la información por cada establecimiento durante la jornada.El MEM publicará esos registros en su portal electrónico al día siguiente de recibirlos. La Dirección General de Hidrocarburos remitirá a la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor, conocida como Diaco, los reportes de los expendedores que no cumplan con la entrega diaria de precios.La comunicación sobre los incumplimientos se enviará cada lunes mientras esté vigente la exención.
La Diaco deberá comprobar que el beneficio fiscal se traslade íntegramente al precio final de los combustibles.Las verificaciones incluirán los valores exhibidos en las estaciones, los precios consignados en las facturas y la aplicación de las exenciones tributarias. También se controlará que las facturas electrónicas indiquen expresamente la exención temporal del IVA y del IDP, junto con el desglose del beneficio fiscal por cada galón despachado.El reglamento prohíbe exportar o extraer del territorio aduanero nacional gasolina regular, gasol…
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