La ministra de Interior y Policía, Faride Raful, aseguró este miércoles que respetará y acatará la decisión del Tribunal Constitucional (TC), que declaró inconstitucional el decreto que restringe los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión.A través de una respuesta a una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), la funcionaria señaló que el tribunal estableció un plazo de dos años durante el cual el Decreto 308-06, vigente desde 2006 continuará aplicándose, mientras el Congreso Nacional trabaja en una nueva legislación que podría entrar en vigor antes de que venza ese período."Respetamos y acatamos su decisión. Al mismo tiempo, acompañaremos al Congreso y escucharemos a la sociedad para construir una normativa moderna, efectiva y acorde con las necesidades del país", escribió Raful.Afirmó que el compromiso del Ministerio de Interior y Policía seguirá siendo "proteger la vida, la seguridad y la convivencia de todos los dominicanos". RELACIONADAS Justicia TC declara inconstitucional el decreto que limita el horario de venta de bebidas alcohólicas Sentencia del TCLa reacción de Faride se produce luego de que ayer martes, el TC declarara inconstitucional el Decreto 308-06, emitido por el Poder Ejecutivo en 2006, al concluir que, aunque la medida persigue un fin legítimo, se mantuvo de manera indefinida sin el respaldo legal que exige la Constitución.La decisión está contenida en la sentencia TC/0689/26, emitida el 28 de julio de 2026, en respuesta a una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Víctor Eddy Mateo Vásquez.El decreto establece la prohibición de vender bebidas alcohólicas a partir de las 12:00 de la medianoche de domingo a jueves y desde las 2:00 de la madrugada los viernes y sábados.
También contempla sanciones, como el cierre temporal o definitivo de los establecimientos que incumplan la disposición.Seguirá vigente por dos añosPese a que declaró inconstitucional el decreto, el Tribunal Constitucional dispuso que este permanecerá vigente durante dos años contados a partir de la notificación de la sentencia, con el propósito de evitar un vacío normativo.Además, exhortó al Congreso Nacional a aprobar, dentro de ese plazo, una ley que regule los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, bares, discotecas, casinos y otros c… El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el Decreto 308-06, emitido por el Poder Ejecutivo en 2006, que restringe los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión, al concluir que la medida, aunque persigue un fin legítimo, se mantuvo de manera indefinida y carece del respaldo legal que exige la Constitución vigente.La decisión está contenida en la sentencia TC/0689/26, dictada este martes 28 de julio de 2026, en respuesta a una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Víctor Eddy Mateo Vásquez contra el referido decreto.La disposición presidencial, vigente desde hace 20 años, establece la prohibición de vender bebidas alcohólicas a partir de las 12:00 de la medianoche de domingo a jueves y desde las 2:00 de la madrugada los fines de semana, además de contemplar sanciones como el cierre temporal o definitivo de los establecimientos infractores. RELACIONADAS General La acción contra la limitación del horario para la venta de alcohol avanza en el TC Da dos años de vigencia al decretoAunque declaró inconstitucional el decreto, el alto tribunal dispuso que su vigencia permanecerá dos años más, luego de notificada la sentencia.
Esto significa que el Decreto 308-06 continuará vigente durante ese plazo. La decisión se tomó para que "no se produzca un vacío" por la declatoria de inconstitucionalida.El TC exhortó al Congreso Nacional para que en ese tiempo, legisle en torno a la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión en horario nocturno. "Exhortar al Congreso Nacional para que en un plazo no mayor de dos (2) años, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, legisle en torno a la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión en horario nocturno", estableció el Tribunal.https://resources.diariolibre.com/images/2026/05/14/los-diputados-estudian-privilegios-para-jueces-del-tc-3bdbac6b.jpgLos jueces del Tribunal Constitucional.
(ARCHIVO) document.addEventListener('DOMContentLoaded', function () { document.querySelectorAll('.small-slider').forEach(function (slider) { const container = slider.querySelector('.slider-container'); const items = slider.querySelectorAll('.slider-item'); const prevBtn = slider.que…
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