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Laura de Marinis, the judge at the center of the controversy in Buenos Aires, spoke out: “Subjecting a 14-year-old boy to the penal system is stigmatizing.”

World 1 source 1 country 🔦 Under-reported 36m ago

La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a 17 años de cárcel al narcotraficante José Ramón Prado Bugallo, conocido como Sito Miñanco, por la operativa para introducir en 2017 en Europa casi cuatro toneladas de cocaína, mientras que ha absuelto al abogado Gonzalo Boye de los delitos de blanqueo de capitales y falsedad documental.A través de una sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal castiga al narcotraficante gallego por la denominada 'Operación Mito' por delitos contra la salud pública y de blanqueo de capitales cometido en el seno de una organización criminal.Los magistrados imponen a Miñanco, para quien la Fiscalía Antidroga pedía 31 años y medio de cárcel, multas por más de 420 millones de euros, a la vez que le aplican la agravante de reincidencia y la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.Por contra, absuelven a Boye --Antidroga reclamaba para él 9 años de cárcel-- al considerar que no participó en la elaboración de los contratos privados de compraventa de letras de cambio y de préstamos que fueron aportados en los expedientes administrativos sancionadores abiertos tras la intervención, el 6 de febrero de 2017, de casi 900.000 euros en el Aeropuerto de Barajas, un dinero, según la acusación, era transportado a Colombia para su blanqueo.La AN considera que con las pruebas practicadas en el juicio, que quedó visto para sentencia en marzo de 2025, no ha resultado probado que él y el resto de acusados de esta operativa "tuvieran participación alguna en la elaboración de los contratos privados de compraventa de letras de cambio y de préstamos que fueron aportados en los expedientes administrativos sancionadores" abiertos tras la intervención del dinero en el aeropuerto de Barajas.E indica que fue el acusado Manuel González quien cometió la falsedad documental "al haber realizado los contratos privados de compraventa de letras de cambio que entregó a Boye para que éste los presentara ante un organismo público en el expediente sancionador abierto tras la aprehensión del dinero en Barajas, sabiendo que nada de lo que allí se decía era cierto, pues ni compraba ni vendía las letras de cambio a que dichos contratos se referían".Sí que condena al resto de acusados, entre ellos los tripulantes del buque, a penas de entre 17 años y 3 años de cárcel, pero absuelve a 20 personas físicas y cuatro jurídicas que también fueron juzgadas.MIENT… “Aplicar el sistema penal, la respuesta desde el sistema penal, es regresivo para este adolescente, porque es estigmatizante. En este contexto, se trata de un chico que no fue conocido por el Estado, que estaba sin educación y sin poder alimentarse; nos enteramos de su situación por el sistema penal y entonces le aplicamos el sistema penal.

Yo expliqué que no es proporcional”.Las declaraciones fueron realizadas en radio con vos, en diálogo con los periodistas Ernesto Tenembaum y Gustavo Grabia.Con esa definición, la jueza Laura Beatriz De Marinis explicó la resolución que declaró inaplicable el nuevo Régimen Penal Juvenil para un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo en la Ciudad de Buenos Aires. La magistrada sostuvo que la discusión no pasa por la intensidad de una eventual sanción, sino por el efecto de incorporar a un joven vulnerable a un proceso penal antes de que intervengan los organismos estatales de protección.El fallo se dictó en un expediente abierto tras un intento de robo ocurrido el 10 de septiembre. Según la imputación, un hombre de 47 años caminaba cerca de las seis de la mañana cuando fue seguido por un grupo de adolescentes.

La víctima corrió, pidió auxilio a un agente policial y los jóvenes fueron demorados. No hubo lesiones ni bienes sustraídos.La jueza resolvió el sobreseimiento del chico, identificado en el expediente por sus iniciales, y ordenó dar intervención al Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes para que disponga medidas de acompañamiento familiar, escolar y recreativo. La fiscalía apeló la decisión, por lo que el caso ya está en condiciones de ser revisado por la Cámara.La jueza dijo que el proceso penal debe ser el último recursoDe Marinis afirmó que su resolución se limita a las circunstancias de este expediente y que no suspendió la vigencia de la ley para el resto de los adolescentes alcanzados por la norma.

Explicó que intervino luego de un planteo de la defensa oficial, que fue acompañado por la asesoría tutelar.“La decisión que tomé fue en el caso concreto”, sostuvo. También señaló que el recurso de apelación es la vía prevista para revisar una sentencia y remarcó que el Ministerio Público Fiscal lo presentó de inmediato. “Ya está en la Cámara”, indicó.La magistrada respondió así a uno de los cuestionamientos centrales sobre su fallo.

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Read the full story at the source Infobae (Buenos Aires, Argentina) · AR
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