Osborne, que cuenta con marcas de jamones como Cinco Jotas y Sánchez Romero Carvajal, ha advertido del impacto que tendrá en las ventas del grupo, que rondará entre los dos y tres millones de euros, el impacto de la peste porcina africana (PPA) que ha provocado el cierre para los ibéricos españoles en México y Japón.El consejero delegado de Osborne, Fernando Terry, ha explicado que ambos mercados estaban registrando una evolución favorable para la compañía antes de las restricciones por la PPA, donde ahora no pueden vender sus ibéricos. El directivo ha diferenciado la situación de México, donde Osborne contaba con un negocio más consolidado, de la de Japón, un mercado en crecimiento en el que había cambiado de distribuidor y estaba realizando inversiones. "Estábamos vendiendo más que nunca", ha indicado sobre el mercado nipón.Terry ha explicado que la regionalización permite a la compañía mantener sus exportaciones a destinos como la Unión Europea, Estados Unidos y China, mientras que las restricciones impiden continuar los envíos a México y Japón.Ante este escenario, el consejero delegado ha asegurado que Osborne está buscando otros destinos para las piezas que no puede comercializar en los mercados afectados y que, por el momento, no está sufriendo un exceso de inventario por esta causa.De esta forma, Terry ha subrayado que el crecimiento orgánico en otros países está "compensando parcialmente" el impacto de las restricciones en México y Japón, aunque ha evitado asegurar que los nuevos mercados puedan absorber a corto plazo toda la pérdida.En este contexto, ha destacado la apertura de mercados en el sudeste asiático y ha defendido la internacionalización como un pilar del crecimiento de Osborne.Terry ha advertido de que la recuperación de los destinos cerrados por la PPA no será inmediata.
"Si se abre el mercado, no se va a abrir mañana", ha explicado, al plantear un horizonte de dos o tres años, condicionado a la evolución de los casos y a su gestión.De esta forma, el directivo confía en una buena gestión por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Generalitat de Cataluña, ya que se trata de un asunto "muy serio" y "muy complejo" que exige actuar de forma "muy escrupulosa".El impacto de la PPA se suma, según Terry, a otras dificultades para el negocio internacional, como los aranceles, los tipos de cambio y las nuevas exigencias re… Bruselas, 22 oct (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló este miércoles el tope en el precio del gas que adoptaron España y Portugal para contener el de la electricidad en plena crisis energética de 2022.El tribunal de Luxemburgo ha rechazado los recursos de casación presentados por PGI Spain, Berry Superfos Pamplona, Promens Packaging, RPC Envases y Zeller Plastik España contra la decisión de la Comisión Europea que dio luz verde a la medida.La medida fue avalada en primera instancia por el Tribunal General de la UE (TGUE) en marzo de 2025, pero las empresas afectadas elevaron el asunto a la instancia superior de la Justicia europea.Las empresas que recurrieron el mecanismo defendían que el Ejecutivo comunitario concluyó que dicho mecanismo se ajustaba a la legislación comunitaria porque "no entendió correctamente el funcionamiento" del mismo, al tiempo que reclamaban que la medida no era "adecuada" ni "proporcionada", pero sí "discriminatoria".El mecanismo imponía un tope a la cotización del gas en el mercado mayorista de la electricidad y efectuaba pagos a operadores de centrales eléctricas de combustibles fósiles para cubrir parte de sus costes, de forma que el resultado era una reducción del precio final debido a que estos son los factores más influyentes en el proceso de fijación del mismo.Estas compensaciones a las centrales se financiaban, principalmente, mediante una contribución impuesta a los compradores de electricidad en dicho mercado mayorista, pero incluía una exención para aquellos compradores de electricidad respecto a la parte de sus compras regidas por contratos anteriores al 26 de abril de 2022.En defensa de su propia decisión, y apoyada por España en el asunto, la Comisión Europea defendió en la vista que "no estaba obligada a analizar la situación" concreta de los demandantes, los cuales, aunque no compran directamente la electricidad en el mercado mayorista, soportan los costes de la medida, pero "no se benefician totalmente de la reducción de los precios".Por su parte, los abogados del Estado español se sumaron a esta consideración y defendieron que "el objetivo de la medida era bajar los precios del mercado mayorista de electricidad" y no "tener en cuenta todas las situaciones legales factuales en las que se pudieran encontrar los consumidores finales". La Comisión Europea aseguró, tras conocer la sentencia,…
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