La Procuraduría General de la República (PGR) no podrá negarse a emitir una certificación sobre antecedentes penales, según precisó el Tribunal Constitucional (TC) en una sentencia. En la actualidad, la institución solo entrega este documento, conocido popularmente como certificado de buena conducta, a quienes no registran condenas penales definitivas.La alta corte estableció que, cuando una persona sí tenga antecedentes penales, la Procuraduría deberá expedir un documento que refleje esa situación jurídica, en lugar de dejar la solicitud sin respuesta.La decisión fue adoptada al conocer el caso de un hombre a quien la Procuraduría Fiscal de El Seibo le negó la expedición de una certificación de no antecedentes penales por figurar vinculado a un proceso penal, pese a que no existía en su contra una sentencia condenatoria con autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.En su recurso, el accionante alegó que esa negativa le impidió obtener un empleo y provocó la denegación de un visado, además de afectar su honor, su buena imagen y su intimidad personal.Este documento suele ser un requisito para optar por un empleo, solicitar una visa, ingresar a instituciones educativas o realizar otros trámites administrativos.Las personas que sí tienen una condena definitiva no reciben esa certificación porque su finalidad es acreditar la inexistencia de antecedentes. Sin embargo, deben pagar la tasa correspondiente al servicio, que asciende a 800 pesos, aunque finalmente no obtengan ningún documento.El precedente fue ignoradoAunque el Tribunal Constitucional ya había establecido que solo una sentencia condenatoria con autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada constituye un antecedente penal, la Procuraduría Fiscal de El Seibo negó la certificación solicitada por el accionante y un juzgado de primera instancia validó esa actuación.Al revocar la decisión, la alta corte reprochó expresamente que el tribunal inferior "incurrió en una falta al no aplicar la línea jurisprudencial trazada por este tribunal respecto de los casos de solicitud de certificación de no antecedentes penales cuando no exista sentencia condenatoria firme".En consecuencia, el Tribunal revocó la sentencia, acogió la acción de hábeas data y ordenó expedir la certificación de no antecedentes penales al considerar que la negativa vulneró los derechos fundamentales del accionante.Reitera un criterio y pr…
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