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The Basque Country High Court upholds the sentences of 11 assailants of a young man for his sexual orientation in Vizcaya and increases the compensation.

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado las penas de prisión y multas impuestas por la Audiencia de Bizkaia a once personas por agredir física y verbalmente a un joven por su orientación sexual en Basauri (Bizkaia), pero ha decidido elevar de 6.000 a 8.000 euros la indemnización que estas tendrán que abonar a la víctima por el daño moral causado, al estimar en parte, el recurso de la acusación particular.El TSJPV ha rechazado los recursos interpuestos por las defensas de los condenados por la Audiencia de Bizkaia y ha ratificado las penas de 2 años de prisión y multas que suman 2.700 euros impuestas a diez de ellos y los 14 meses de prisión y multas de 1.710 euros fijadas para el undécimo al apreciarse en él la atenuante de anomalía psíquica.La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia consideró a los once acusados autores de un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas garantizados por la Constitución en su modalidad de lesión de la dignidad por motivos discriminatorios (delito de odio) en concurso con un delito contra la integridad moral y otro leve de lesiones.Además, a todos ellos les impuso prohibiciones de comunicación y aproximación a la víctima y el abono de una indemnización conjunta y solidaria de 6.000 euros derivada del delito de odio y de otros 350 euros por el delito leve de lesiones.La Audiencia de Bizkaia declaró probado que los once acusados agredieron física y verbalmente al joven la madrugada del 6 de junio de 2021 en un parque de la localidad vizcaína de Basauri donde se habían congregado varios grupos de personas y que el ataque se produjo "en manada" y tuvo una "indudable significación homófoba y discriminatoria".El TSJPV confirma ahora esos hechos y las penas de prisión y multas, pero, revoca parcialmente la resolución de la Audiencia de Bizkaia y acuerda, como pedía la acusación particular, incrementar la indemnización fijada en relación con el delito de odio por el daño moral psicológico causado a la víctima.Así, el TSJPV establece en 8.000 euros la cantidad que todos los condenados deben abonar de forma conjunta y solidaria a la víctima, al estimar que esta debe ser indemnizada no solo por las consecuencias emocionales sufridas por la agresión (humillación, vejación), sino también por la lesión psicológica padecida (trastorno adaptativ… Madrid, 22 sep (EFE).- La juez de guardia de la Sección de Violencia de los juzgados de Alicante ha decretado el ingreso en prisión provisional del hombre acusado de matar a su pareja el pasado sábado en la localidad madrileña de Leganés, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.Los hechos ocurrieron alrededor de las 15:15 horas del sábado cuando el padre de la víctima alertó al 091 después de encontrar a su hija muerta, con signos de violencia, en su casa, a la que entró con sus propias llaves al no tener noticias de ella.El hombre, de 35 años y nacionalidad española, fue detenido ayer en Alicante por agentes de la Policía Nacional, y esta mañana la juez ha decretado su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, por un delito de asesinato.Además, la magistrada ha acordado su inhibición en favor del Tribunal de Instancia de Leganés, que continuará con la investigación de los hechos.La víctima, de 34 años de edad y también española, presentaba diversas heridas de arma blanca y no se descarta que la mujer hubiera sido asesinada días antes. Con la confirmación de este caso, el número de mujeres asesinadas por violencia de género asciende a 38 en 2026 y a 1.379 desde 2003, cuando se empezaron a recopilar datos, a la espera de la confirmación como asesinato machista de la mujer de que ha fallecido este lunes en Málaga después de ser estrangulada el 16 de septiembre por su pareja .Según informó ayer el Ministerio, la víctima de Leganés no tenía hijas ni hijos menores de edad y no existían denuncias previas por violencia de género contra el presunto agresor.

Las víctimas de la violencia machista y su entorno pueden pedir ayuda en distintos recursos activos todos los días de la semana y las 24 horas del día: el teléfono 016, el correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y el canal del WhatsApp en el número 600 000 016. En una situación de emergencia se puede llamar al 112 o a los teléfonos de emergencias de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062) y, si no es posible hacer esa llamada, en caso de peligro existe también la opción de activar la aplicación ALERTCOPS, que envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización. Estos medios de asistencia pueden ser activados por la víctima y por cualquier persona que conozca o sospeche de un caso de violencia de género.

Bilbao, 22 sep (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado las penas de prisión impuestas a once personas por agredir física y verbalmente a un joven por su orientación sexual, y ha elevado a 8.000 euros la indemnización a la víctima por el daño moral causado.En su resolución, el TSJPV ha rechazado los recursos interpuestos por las defensas contra la sentencia de la Audiencia de Bizkaia y ha estimado parcialmente el presentado por la acusación particular que, entre otras cuestiones, consideraba insuficiente la cantidad de 6.000 euros que el tribunal vizcaíno fijó que los condenados debían abonar a la víctima.El tribunal ha elevado esa cantidad a 8.000 euros, manteniendo el resto de los pronunciamientos de la resolución recurrida.La sentencia ha ratificado las penas de 2 años de prisión y multas que suman 2.700 euros impuestas a diez de ellos, y los 14 meses de prisión y multas de 1.710 euros fijadas para el undécimo al apreciarse en él la atenuante de anomalía psíquica.La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia había considerado a los once acusados autores de un delito de odio en concurso con un delito contra la integridad moral y otro leve de lesiones.La agresión ocurrió el 6 de junio de 2021 en el parque Bizkotzalde de Basauri, donde un grupo de jóvenes agredieron a un joven al grito de "maricón de mierda", con golpes, puñetazos, patadas y empujones.La Audiencia de Bizkaia declaró probado que los once acusados atacaron "en manada" a la víctima con "una indudable significación homófoba y discriminatoria".El TSJPV ha establecido en 8.000 euros la cantidad que todos los condenados deben abonar de forma conjunta y solidaria a la víctima, al estimar que esta debe ser indemnizada no solo por las consecuencias emocionales sufridas por la agresión (humillación, vejación), sino también por la lesión psicológica padecida (trastorno adaptativo ansioso reactivo), que precisó de un tratamiento médico especializado durante tres meses.La sentencia ha ratificado "la existencia de un delito de odio" ya que los acusados profirieron contra la víctima, de forma reiterada y con publicidad, determinadas expresiones con la "clara intención de despreciarla por su orientación sexual, constituyendo un ataque a su dignidad personal, y tratando a la víctima como alguien que debía ser discriminado y excluido socialmente".También ha rech…

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