La diputada provincial Mayra Mendoza respondió a las críticas por la indumentaria que utilizó durante la sesión de la Legislatura bonaerense y vinculó la discusión con el fallo de la Corte Suprema de Justicia que dejó sin efecto la sentencia que había frenado la derogación de la Ley de Tierras Rurales.La dirigente peronista había quedado en el centro de comentarios en redes sociales luego de que le tocara izar la bandera en el recinto con un pantalón deportivo Adidas, de colores azul y amarillo, asociado a Boca Juniors. Un día después, cuestionó que ese episodio concentrara la atención mientras se conocía una decisión judicial sobre el régimen de propiedad de tierras rurales.“¿La Corte habilita la extranjerización de nuestras tierras y la noticia termina siendo la ropa que uso?”, planteó Mendoza en un mensaje publicado este miércoles. La legisladora afirmó que recibió agravios por su vestimenta y defendió tanto su identidad política como su elección de ropa.“Uso Adidas desde joven.
¿Cuál es el delito?”, escribió, antes de pedir que el debate público se enfoque en las decisiones judiciales, la soberanía y el funcionamiento de las instituciones.La polémica por la ropa se originó durante una sesión en DiputadosLa discusión comenzó el martes, durante una sesión de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires. Mendoza, diputada por el peronismo e intendenta de Quilmes en uso de licencia, fue una de las personas designadas para el izamiento de la bandera.Las imágenes de ese momento circularon en redes sociales y generaron cuestionamientos por el pantalón deportivo que llevaba puesto. La prenda, de la marca Adidas y con una combinación de azul y amarillo, fue interpretada por usuarios como una referencia a Boca Juniors, club del que la dirigente se reconoció simpatizante.En su descargo, Mendoza sostuvo que los comentarios excedieron la crítica a la vestimenta y aludió a expresiones discriminatorias.
“Creen que diciéndome ‘negra’ o ‘kuka’ me ofenden”, señaló. También pidió elevar el nivel de la discusión política: “La ropa se cambia. Los derechos, la democracia y la soberanía, si los dejamos avanzar, después cuesta muchísimo recuperarlos”.El fallo dejó sin efecto la sentencia que protegía la Ley de TierrasLa publicación de Mendoza coincidió con el fallo de la Corte Suprema que revocó una decisión de la Cámara Federal de La Plata, la cual habí…
A partir de la resolución del día de ayer, en el cual la Corte Suprema de Justicia desestimó la demanda contra la derogación de la Ley de Tierras Rurales y, a su vez, revocó la declaración de inconstitucionalidad dictada por la Cámara Federal de La Plata, a partir de un amparo promovido contra el Estado nacional por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) platense, fueron varias las voces que se pronunciaron acerca de este fallo.Una de ellas fue la del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez quien cuestionó la decisión del máximo tribunal al desestimar la demanda contra la derogación de la Ley de Tierras Rurales. El letrado sostuvo, durante una entrevista en Infobae al Amanecer, que esta resolución dejó sin límites específicos la compra de tierras por parte de personas, empresas y Estados extranjeros.La eliminación de la norma, dispuesta por el Poder Ejecutivo mediante el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 (“es menester derogar la Ley N° 26.737 que limita el derecho de propiedad sobre la tierra rural y las inversiones en el sector", según el DNU) dejó sin efecto las restricciones a la posesión, propiedad o tenencia de tierras rurales por parte de ciudadanos y empresas extranjeras. La Corte consideró que el CECIM no tenía legitimidad para cuestionar la norma porque no existía un caso o controversia judicial concreto.
Gil Domínguez afirmó que ese argumento constituye una “trampa formalista” ya que ″para la Corte solamente vos podés acceder a la Justicia si titularizás un derecho individual, un derecho subjetivo que es violado por una ley”, subrayó en diálogo con la periodista Luciana Rubinska.El abogado planteó que ninguna persona podría demostrar un perjuicio individual específico por la falta de una ley que limite la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. “¿Qué derecho subjetivo uno puede invocar como afectado para decir que tenés un gravamen porque no tenés una ley de tierras sancionada en Argentina o porque se derogó la ley de tierras que estaba vigente? Ninguno”, afirmó.El CECIM apeló el fallo y el caso llegó a la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.
En marzo de 2024, ese tribunal revocó la decisión de primera instancia, admitió el reclamo del Centro de Ex Combatientes, declaró la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 y ordenó volver a registrar la causa como…
Summary from source