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He fractured his shoulder after falling down the stairs of a pedestrian tunnel: the court blamed the municipality, but reduced the compensation amount.

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En medio de la investigación por el crimen de Rolando Álvez, el gestor de 44 años que recibió un disparo durante un asalto en una oficina de Villa María, provincia de Córdoba, este sábado la autopsia confirmó la causa de la muerte. Asimismo, las autoridades analizarán el rol que habrían tenido las cuatro personas detenidas.Poco después de que se dieran a conocer los resultados del informe forense, a cargo del médico Gustavo Rodríguez, se estableció que Álvez murió por un shock hipovolémico provocado por una herida de arma de fuego.A raíz de esto, el fiscal René Bosio, a cargo de la Fiscalía de Instrucción de Fuero Múltiple del Tercer Turno de Villa María, comunicó que la causa quedó calificada como homicidio en ocasión de robo doblemente agravado por el uso de arma en poblado y en banda.A partir de los datos recolectados, las autoridades procuran determinar la secuencia completa del robo, el ataque y la fuga de quienes habrían participado. De acuerdo con la información obtenida por El Doce.tv, Bosio señaló que la investigación se encuentra en una etapa inicial y afirmó que “hay muchísimas cosas que ver”.Por el momento, hay cuatro personas detenidas por el caso.

Según indicó el fiscal, las detenciones se concretaron en la localidad de Pilar y alcanzaron a una mujer de 40 años y a tres hombres de 44, 43 y 40. Uno de los sospechosos tenía un pedido de captura vigente.El hecho ocurrió el viernes por la tarde en una gestoría situada en calle Entre Ríos al 1600, en la localidad de Villa María. Tras el ataque, Álvez recibió asistencia en el lugar y Bomberos Voluntarios lo trasladaron de urgencia al Hospital Regional Pasteur, donde murió.A partir de testimonios y otras medidas de investigación, los investigadores localizaron una Chevrolet Tracker en bulevar Vélez Sarsfield, cerca del acceso a la colectora de la autopista.

El vehículo quedó vinculado con los movimientos posteriores al asalto.Horas más tarde, los efectivos policiales interceptaron una Toyota Hilux sobre la Ruta Nacional 9, a la altura de Pilar. En ese procedimiento detuvieron a los cuatro acusados y secuestraron ambos vehículos. Además, se incautó un arma de fuego con cartuchos y una suma de dinero en pesos, dólares y cheques, elementos que serán sometidos a peritajes.Crimen de Lucas Tissera: la familia pide que la muerte de la víctima sea investigada como roboLa Justicia de Córdoba investiga el ases…

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín confirmó la condena contra una municipalidad de la zona oeste del Gran Buenos Aires por falta de mantenimiento en una escalera pública, tras el accidente sufrido por una vecina de 67 años que descendía por un túnel peatonal. La sentencia ajustó los términos indemnizatorios y modificó algunos aspectos vinculados a los intereses y los alcances de la garantía del seguro.Según se desprende de la resolución, la demandante sostenía que, el 20 de abril de 2017, aproximadamente a las 18.30, tropezó y cayó por varios escalones debido al mal estado de uno de los peldaños, lo que provocó una fractura en el hombro derecho. Fue asistida en un hospital interzonal, donde permaneció inmovilizada durante cuarenta y cinco días.En primera instancia, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.° 1 de Morón hizo lugar al reclamo de la vecina, condenando solidariamente a la municipalidad y a la aseguradora a pagar sumas por incapacidad y daño moral, incluidas actualizaciones e intereses.

La comuna y la compañía de seguros recurrieron la sentencia, cuestionando tanto la atribución de responsabilidad como los montos fijados.La defensa municipal alegó que no existía certeza sobre el lugar exacto del incidente y argumentó que las escaleras son objetos inertes, por lo que el accidente no podía imputarse a una falla municipal. Además, sostuvo que la pericia de ingeniería realizada años después no detectó desperfectos en la estructura ni varillas sobresalientes.En tanto, la aseguradora sostuvo que la suma fijada por incapacidad resultaba excesiva respecto de la minusvalía, y que el daño moral no había sido reclamado ni probado durante el proceso. También objetó las tasas de interés aplicadas y la actualización del límite de cobertura de la póliza.La Cámara analizó la prueba reunida y confirmó que la responsabilidad estatal por falta de servicio es de carácter objetivo.

En este sentido, consideró que la municipalidad tenía la obligación de mantener en condiciones adecuadas los bienes de dominio público bajo su jurisdicción, como las escaleras del túnel donde ocurrió la caída.El tribunal valoró especialmente las declaraciones de dos testigos presenciales, quienes relataron cómo la reclamante cayó en la escalera y debió ser auxiliada. Una de ellas describió que el metal al final de los escalones se encontr…

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