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Seguridad jurídica en el país

World 1 source 1 country 🔦 Under-reported 45m ago

Una madre ahorra durante años para abrir un colmado. Un joven firma un préstamo para comprar su primera vivienda. Un empresario levanta una planta que tardará veinte años en pagarse.

Ninguno piensa en “seguridad jurídica” cuando decide, pero los tres apuestan lo mismo: que las reglas del juego no les cambiarán la vida de la noche a la mañana. Solemos creer que esa apuesta es cosa de abogados e inversionistas. Cuando las reglas fallan, quien más pierde casi nunca es el que más tiene.Friedrich Hayek lo formuló hace décadas: “una sociedad libre necesita que las personas puedan organizar su vida dentro de reglas generales y previsibles, sin depender del capricho de quien esté en el poder”.

Esa previsibilidad protege algo más que el patrimonio: protege la capacidad de cada persona de hacer planes. Cuando las reglas cambian de golpe, o dependen demasiado de la discrecionalidad de un funcionario, esa capacidad se reduce.Nuestra Constitución recoge esta idea en varios lugares. El artículo 110 consagra la irretroactividad: la ley solo dispone para el porvenir.

Pero ese es apenas el punto de partida. El artículo 50 protege la libertad de empresa; el 40.15 exige que toda actuación del Estado sea razonable; y el 39 obliga al Estado a crear las condiciones jurídicas y administrativas que hagan real la igualdad. La seguridad jurídica dominicana vive en el cruce de esos cuatro artículos, no en uno solo.La Sentencia TC/0049/13 del Tribunal Constitucional muestra cómo se articulan las primeras piezas.

El Tribunal vinculó la libertad de empresa con el derecho a destinar bienes y capital a una actividad económica dentro del marco legal, incluida la libertad de contratar y de emprender, pero aclaró que el Estado puede regularla siempre que lo haga de forma razonable y proporcional. La parte accionante alegó que una nueva regulación vulneraba su seguridad jurídica al alterar las condiciones bajo las cuales había invertido. El Tribunal no le dio la razón: la nueva norma regulaba un mercado distinto y no se aplicaba retroactivamente a esas inversiones.

Más que el resultado, importa el razonamiento: en un Estado constitucional, la relación entre regulación, inversión y previsibilidad no es solo un asunto económico. Es, ante todo, jurídico.Pero la seguridad jurídica no es solo cosa de empresas. El economista Daron Acemoglu, ganador del Premio Nobel de Economía 2024, ha de…

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Read the full story at the source Diario Libre (Santo Domingo, Dominican Republic) · DO ↗
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