Home › World

Four and a half years in prison for two men caught with 1.5 tons of hashish on the coast of Huelva

World 1 source 1 country 🔦 Under-reported 22m ago

Un hotel de Miami denunció una campaña de publicaciones que habría utilizado inteligencia artificial para perjudicar su reputación. El conflicto llegó a un tribunal federal estadounidense y planteó una pregunta inquietante: ¿lo que alguien le escribió a una IA puede terminar siendo examinado como prueba en un juicio? No implica una condena automática, pero abre una nueva vía de investigación.La pregunta no es tecnológica.

Cuando una acusación se instala en redes sociales, alcanza a los clientes, llega a los socios comerciales o altera una negociación, la respuesta no puede limitarse a desmentirla. Hay que establecer qué ocurrió, quién intervino, qué pruebas existen y cuál es la decisión menos perjudicial para quien está siendo señalado.El caso Fontainebleau y las instrucciones a la IAEn el expediente Fontainebleau Florida Hotel, LLC contra Shmuley Boteach Jacob, también identificado como Shmuel Botach, el hotel denunció publicaciones presuntamente difamatorias. El conflicto se originó tras un incidente ocurrido en diciembre de 2024 en sus instalaciones.

Las partes discrepan sobre lo sucedido y las razones de la salida del demandado. Según la demanda, posteriormente se difundieron videos creados con inteligencia artificial que presentaban falsamente a personal y representantes del hotel celebrando el antisemitismo, los comparaban con colaboradores nazis y atribuían al establecimiento una supuesta prohibición de ingreso a personas judías. Son acusaciones de la parte actora, no hechos declarados probados.El 21 de octubre de 2026, la magistrada federal Marty Fulgueira Elfenbein dictó una resolución sobre la obtención de conversaciones con proveedores de IA (Tribunal Federal del Distrito Sur de Florida, expediente 25-CV-20251, documento 289).

El proceso se encontraba, para esta discusión, en una etapa de producción de prueba limitada a los daños. Ese dato cambia la lectura: el tribunal no estaba decidiendo si un prompt demostraba la responsabilidad del demandado, sino qué información podía buscarse para examinar el perjuicio reclamado.El hotel quería conocer intercambios del demandado con cuatro proveedores de IA desde diciembre de 2024. La magistrada admitió que podían solicitarse determinadas conversaciones relacionadas con el hotel, sus empleados, propietarios, representantes y abogados, incluso algunas que hubieran sido eliminadas.

La Sección de Apelación Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que condenó a cuatro años, seis meses y un día de prisión, así como al pago de dos multas de 9,18 millones de euros a cada uno, a dos hombres interceptados a bordo de una embarcación a unas 16 millas al sur de Isla Cristina con 1.530 kilogramos de resina de cannabis.Según recoge la resolución judicial, consultada por Europa Press, el Alto Tribunal andaluz desestima íntegramente el recurso de apelación presentado por las defensas de los acusados. Los procesados solicitaban una rebaja de las penas hasta los tres años y un día de prisión alegando una supuesta falta de motivación en la individualización de la condena y cuestionando el incremento de la pena aplicado por la Audiencia de origen.Los hechos se remontan a la tarde del 13 de septiembre de 2021, sobre las 20,15 horas, cuando los dos condenados navegaban a bordo de una embarcación semicabinada de siete metros de eslora a 16 millas de la costa onubense. Al percatarse de la presencia de los agentes del Servicio Marítimo Provincial de la Guardia Civil, comenzaron a arrojar al mar los fardos que transportaban.Los agentes lograron interceptar la embarcación y recuperar, tanto del agua como del interior de la nave, un total de 51 fardos de arpillera.

El posterior análisis del Laboratorio de Estupefacientes determinó que se trataba de resina de cannabis con un peso neto de 1.530 kilogramos cuyo valor en el mercado ilícito habría alcanzado los 9,1 millones de euros. En el momento del arresto se les intervino además dinero en efectivo y tres teléfonos satelitales.Frente al recurso de los acusados, que argumentaban que no se fundamentó de forma clara la pena fijada, el TSJA sostiene que la resolución de la Audiencia Provincial de Huelva es "plenamente" motivada y conforme a derecho. La Sala de Apelación subraya que los procesados no actuaban como meros "farderos" o ayudantes secundarios, sino que tenían "en todo momento la plena disponibilidad" de una cantidad de droga "extraordinaria".Asimismo, el tribunal autonómico razona que la cantidad intervenida superaba en más de 600 veces el umbral exigido para la cualificación de notoria importancia.

Summary from source
Read the full story at the source Infobae (Buenos Aires, Argentina) · AR ↗
Get the news on TelegramTop stories & under-reported picks, straight to your feed — free. Join →